En el momento que de dar de baja nuestro vehículo tenemos dos opciones, la baja temporal y la baja definitiva.
La baja temporal se realizará cuando tengamos un vehículo con el que no circularemos en un periodo largo. La baja temporal tendrá una validez de un año y se podrá prorrogar anualmente. En el momento de la baja el vehículo quedará sin la obligación de pagar impuestos delante de la administración. Si el vehículo circulara con la baja temporal activa, podríamos ser sancionados por la administración.
Para realizar la baja definitiva, tendremos que llevar nuestro vehículo a un centro de desguace autorizado donde allí nos harán la baja definitiva.
Si tienes un vehículo y no dispones de él físicamente, podemos realizar una baja definitiva a tráfico, demostrando los últimos 15 años de inactividad, mediante un informe.
Para realizar la baja de un vehículo necesitaremos la siguiente documentación:
DNI o NIE en vigor o pasaporte español en vigor.
Si la dirección del DNI o NIE no es la misma donde reside, es necesario aportar un certificado de empadronamiento.
Permiso de circulación del vehículo y ficha técnica.
Confeccionamos todos los documentos necesarios para la tramitación.
Tramitamos directamente con la DGT.
Actualmente, las bajas temporales tienen vigencia de un año, con posibilidad de prorrogarlas.
Si la baja es definitiva tendremos que acreditar con un informe que no ha tenido movimientos en los últimos 1 años.
Baja temporal 30 € + IVA (tasas aparte)
Baja definitiva 30 € + IVA (tasas aparte)